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Consideraciones sobre los Derechos Humanos y el denominado Christchurch Call para Contrarrestar el Terrorismo y Extremismo en Línea

7 junio 2019
in Artículos
Human Rights Considerations and the Christchurch Call to Counter Terrorism and Extremism Online
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Dr. Richard Burchill

El 15 de marzo de 2019, la Primera Ministra de Nueva Zelanda, Jacinta Arden y el Presidente francés Emmanuel Macron pusieron en marcha el denominado Christchurch Call para eliminar los contenidos de terrorismo y extremismo violento en línea.[1] Christchurch Call es una respuesta directa a los ataques violentos en Christchurch de principios de año. El perpetrador transmitió en vivo el atentado y evidentemente había estado activo en línea expresando sus puntos de vista, lo cual llevó a muchos a decir que se trataba de un atentado para las redes sociales. Christchurch Call fue firmada por 17 gobiernos nacionales, la Comisión Europea, y ocho proveedores de servicios en línea, entre ellos Facebook, Google y Twitter.
Christchurch Call es una iniciativa positiva, ya que reúne a firmas privadas, gobiernos y al público para intercambiar opiniones sobre el uso de servicios en línea para difundir contenidos terroristas y extremistas. Tendrá asimismo buena aceptación porque mantiene en curso el debate sobre el papel de los proveedores de servicios en línea y sus responsabilidades en el área. Su importancia es aún mayor pues abre la oportunidad de debatir y tratar más abiertamente qué es extremismo y cómo los argumentos en torno a la importancia de la libre expresión no deben utilizarse para discriminar y degradar a otros mediante la negación de la dignidad humana –un aspecto común de las ideologías extremistas.
Christchurch Call está dirigido a dar pasos en la acción para prevenir la difusión y amplificación de contenido terrorista y extremista en línea. Es una importante iniciativa, pues se trata de una declaración pública acordada por gobiernos y proveedores de servicios, al igual que por la sociedad civil. Para afrontar el contenido extremista en línea son necesarias la cooperación y la colaboración, y Christchurch Call brinda el fundamento para encontrar nuevos métodos para afrontar el uso de servicios en línea para difundir contenidos terroristas y extremistas. Christchurch Call no establece obligación legal alguna para los estados o proveedores en línea. En lugar de ello, establece un marco para los “compromisos voluntarios colectivos de Gobiernos y proveedores de estos servicios, cuyo objetivo es abordar el tema de contenido terrorista y extremista violento en línea.”
En virtud de la convocatoria de Christchurch Call, los gobiernos se comprometen a desplegar esfuerzos para combatir a los impulsores del terrorismo y extremismo violento, fortaleciendo la resiliencia en la sociedad, resistiendo el extremismo por medio de la educación, asegurando la aplicación efectiva de las leyes, alentando a las redes a evitar la amplificación del contenido terrorista y extremista, y apoyando marcos para la industria que limiten la intensificación de tales contenidos. Los gobiernos se comprometen a fomentar medidas que puedan emprenderse para apoyar la capacidad y destreza de proveedores más pequeños de servicios en línea a fin de evitar la difusión de contenidos terroristas y extremistas.
Los Proveedores de Servicios en Línea se comprometen a una serie de medidas destinadas a frenar la transmisión de material extremista y su difusión y amplificación. Para lograrlo, en el denominado Christchurch Call se presta atención a más medidas para prevenir la transferencia de contenido terrorista y extremista junto a avisos efectivos y procedimientos para desmontarlos. Por otra parte, los proveedores de servicios en línea se comprometen a establecer normas comunitarias sobre el uso y difusión de contenido terrorista y extremista, depurando las políticas para detectar y eliminar este contenido y de hecho aplicando las normas que los proveedores ponen en funcionamiento. Los proveedores de servicios en línea se comprometen asimismo con medidas que eviten la transmisión en vivo del contenido extremista, con más información pública sobre la detección y eliminación de estos contenidos, así como a mejorar los algoritmos que lo amplifican.
Conjuntamente, el gobierno y los proveedores de servicios se comprometen a numerosas medidas en apoyo de Christchurch Call, que se enfocan en contribuciones al rol de la sociedad civil. Entre estas medidas está el trabajo con grupos de la sociedad civil para promover mensajes positivos alternativos a los de terrorismo y extremismo, desarrollando intervenciones efectivas, así como soluciones técnicas para prevenir la difusión de contenidos terroristas y extremistas y apoyando mayores investigaciones en los temas planteados por Christchurch Call. También está el compromiso de aumentar la cooperación entre los organismos encargados del orden público, respaldando plataformas más pequeñas para fortalecer la capacidad y colaboración entre los estados para el desarrollo de mejores prácticas y respuestas rápidas efectivas compartiendo cada vez más la información. La Convocatoria concluye con un compromiso final de “desarrollar y apoyar una gama de iniciativas prácticas sin duplicación, a fin de asegurar que este compromiso se cumpla.”
El denominado Christchurch Call es importante ya que se trata de un compromiso público, por parte de los estados y proveedores en línea, de emprender más acciones colectivas con relación al contenido terrorista y extremista. Christchurch Call reconoce la “necesidad de acción y de una mayor cooperación entre una amplia gama de actores con influencia sobre este tema”. Un área que se beneficiará con una mayor cooperación de una serie de actores será la argumentación y debate sobre el papel de las normas de los derechos humanos en los esfuerzos por evitar la difusión de contenido terrorista y extremista. Christchurch Call parte de un marco de derechos humanos, a través del cual “toda acción sobre esta materia estará en concordancia con los principios de un internet libre, abierto y seguro, que incluye la libertad de expresión.” Como suele ocurrir en el intercambio de opiniones sobre las limitaciones en torno al contenido en línea, una gran parte de la atención está en cómo impactarán las medidas a la libertad de expresión.
La convocatoria de Christchurch Call presta especial atención al impacto que puedan tener las acciones para limitar el contenido en línea en la libertad de expresión. El respeto a la libertad de expresión ocupa un lugar destacado en los objetivos generales de Christchurch Call y se plantea con relación a la aplicación de leyes, reglamentación, medidas de política, normas comunitarias e industriales, y respecto a las medidas nacionales de cooperación para evitar la subida, difusión o intensificación de contenido terrorista y extremista.
Al examinar las opciones de políticas disponibles para abordar el contenido extremista en cualquiera de sus formas, con demasiada frecuencia, la libertad de expresión o en algunos casos la libertad de religión ocupa un lugar de primacía o se da más énfasis a las consideraciones de “internet abierto”. Lo que falta es mayor reconocimiento de cómo se puede utilizar la libertad de expresión para negar libertades fundamentales al otro, en particular el derecho a la dignidad humana.[2]
El respeto a la dignidad humana, sin discriminación, es un elemento básico para todos los instrumentos de derechos humanos y el fundamento desde donde emanan todos los demás derechos humanos. El respeto a la dignidad humana no es una cuestión difícil, ya que invita a reconocer que todos los otros seres humanos poseen un valor moral inherente que debe respetarse recíprocamente. [3]
Este es un argumento moral reforzado por el marco internacional de derechos humanos de múltiples maneras.[4] La prohibición sobre discriminación en el ejercicio de los derechos humanos existe en todos los instrumentos de derechos humanos. Por otra parte, están las disposiciones que previenen el uso de los derechos mencionados para negar los derechos a otros. La Declaración Universal sobre Derechos Humanos establece que los derechos no permiten ninguna actividad “cuya finalidad sea la destrucción” de ninguno de los otros derechos mencionados en el documento. Ambos Convenios Internacionales establecen que ninguno de estos instrumentos puede interpretarse como permiso para ninguna actividad “destinada a la destrucción” de ninguno de los derechos que forman parte de los Convenios. Junto a las disposiciones de estas características, la libertad de expresión en el Convenio Internacional sobre Derechos Civiles o Políticos debe ejercitarse con responsabilidad y respeto por los derechos de otros.
En la acción para limitar la difusión y amplificación de contenido terrorista y extremista en línea se debe respetar la libertad de expresión, pero también debe haber respeto por la dignidad humana de otros. La negación de la dignidad humana es un factor común en las ideologías extremistas, independientemente de su fuente. El atacante de Christchurch formuló un punto de vista de supremacía blanca que niega igual valor y dignidad humana a todas las personas o grupos no blancos. Las ideologías extremistas religiosas, como las de ISIS, articulan justificaciones para la discriminación y violencia públicas sobre quienes han determinado como no verdaderos creyentes y, por tanto, desde el punto de vista del extremista, no tienen el mismo valor moral como seres humanos.
Estas son negaciones claras de la dignidad humana y no pueden aceptarse como productos inevitables derivados de la libertad de expresión o un internet abierto. La expresión libre de ideas, puntos de vista y opiniones es esencial para cualquier sociedad, pero no así un reconocimiento mutuo de dignidad humana sin discriminación. En una situación en la cual compiten reivindicaciones de derechos humanos, es necesario que demos importancia a la dignidad. Christchurch Call parece reconocerlo tanto como los gobiernos y proveedores en línea reconocen la necesidad de evitar “contribuir a los impactos adversos a los derechos humanos.” Se espera que esto implique reconocer que el apoyo a un derecho humano no puede dar lugar a la negación de la dignidad humana.
Christchurch Call se sitúa en el contexto de los derechos humanos internacionales, al igual que en la seguridad humana. Reconoce que la difusión de contenido extremista puede impactar adversamente los derechos humanos y afecta de manera desfavorable a las víctimas y a la seguridad global. La negación total de la expresión no funciona y no respalda la seguridad, pero tampoco da resultado tolerar las negaciones a la dignidad humana. No se puede permitir a los extremistas beneficiarse de los derechos humanos al mismo tiempo que niegan los derechos humanos de otros.

Referencias
[1] El texto completo de Christchurch Call está disponible en inglés en https://www.christchurchcall.com/ .
[2] Jeremy Waldron, The Harm in Hate Speech (Cambridge: Harvard University Press, 2014).
[3] Stephen Darwall, “Equal Dignity and Rights” en R. Debes, ed., Dignity: A History (Oxford: Oxford University Press, 2017) p. 186.
[4] Véase UN Human Rights Council, “Report of the Special Rapporteur in the Field of Cultural Rights, UN Doc. A/HRC/34/56 (16 de enero, 2017), párrafos. 50-52.

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